lunes, 16 de mayo de 2011

Las empresas con beneficios que despidan a trabajadores mayores de 50 años deberán pagar su desempleo



Las empresas de más de 500 trabajadores con beneficios que acometan un expediente de regulación de empleo (ERE) que afecte al menos a un centenar de empleados entre los que haya mayores de 50 años deberán pagar una parte del subsidio por desempleo de los afectados que superen esa edad.

Así consta en una enmienda que el grupo parlamentario socialista ha añadido, mediante una disposición final nueva, al proyecto de ley que reforma las políticas activas de empleo, y que se corresponde con lo avanzado por el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez.

La semana pasada Gómez dijo que el Gobierno acometería cuanto antes un cambio legislativo para que las grandes empresas con beneficios asumieran el paro de los trabajadores de mayor edad afectados por despidos colectivos, después de que Telefónica anunciara un ajuste del 20% de su plantilla en tres años. De acuerdo con la enmienda del PSOE, las empresas que hubieran tenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a la autorización de un ERE -y aún concurriendo las causas económicas, técnicas organizativas o de producción que lo justifiquen- tendrán que hacer "una aportación económica al Tesoro Público".

Para la aportación económica se tendrá en consideración el importe de las prestaciones y subsidios por desempleo de los trabajadores de más de 50 años afectados por el ERE, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.

El importe de la aportación se determinará según una escala, que el texto no detalla y que se concretará reglamentariamente, pero que estará en función del número total de trabajadores de la empresa, del número de empleados de 50 años o más afectados por el ERE y de los beneficios de la empresa.

Las empresas que formen parte de un grupo de empresas que emplee a más de 500 trabajadores también estarán obligadas a hacer esta aportación económica.

Estarán exentas aquellas compañías que en el plazo de tres meses desde la extinción de los contratos de trabajo recoloquen en la misma empresa, en otra (empresa) del grupo o en cualquier otra a los trabajadores de más de 50 años afectados.

La aportación económica se destinará total o parcialmente a la financiación de políticas activas de empleo de los trabajadores de más edad.

Leído en La Vanguardia.es


jueves, 5 de mayo de 2011

Qué debes tener en cuenta antes de emprender



Las distintas administraciones animan a todo el mundo a emprender un negocio, montar una empresa, con subvenciones, promociones, bonificaciones, etc., requiriendo para ello un grado muy elevado de constancia y esfuerzo hasta conseguir generar los frutos deseados. Pero nadie cuenta todo lo imprescindible que hay que tener en cuenta cuando se emprende un proyecto de negocio. Te lo contamos ahora.

El dinero del IVA no nos pertenece. El IVA es uno de los principales quebraderos de cabeza de todo empresario, ya que éste se genera con la facturación y con el tráfico normal de la empresa, un tanto por ciento de lo que vendemos y compramos es el IVA, que no nos pertenece y que debemos liquidar con Hacienda cada tres meses. Este IVA es un impuesto del que la empresa no es la contribuyente final, sino que repercute en el consumidor final, haciendo de la empresa un mero intermediario, por lo tanto, el IVA no es pertenencia ni de los contribuyentes ni del empresario sino de Hacienda y si no se le liquida lo que se le debe al final se liquidará con recargos e intereses.

La importancia de los cobros. La clave del éxito de toda empresa no es tener un volumen descomunal de ventas, sino que de las ventas que tengamos, haber cobrado la totalidad de los importes. Nos sirve de poco tener un millón de euros en el mercado si no nos pagan ni uno.

El banco no es nuestro amiguito del alma. Si necesitamos financiación, cubrir un descubierto o solicitar un préstamo nos podemos encontrar con dos casos:

1. Que el banco nos cierre la puerta o nos pida una serie de avales que no tenemos.
2. Que el banco acceda a nuestras pretensiones de financiación pero los costes financieros disminuyan la rentabilidad hasta un punto que nuestra empresa no sea rentable.

Así que, antes de emprender, tenemos que tener claro y algo de idea en estos tres casos, pues nadie nacemos enseñados ni formados.