martes, 12 de abril de 2011

Recomendamos comprobar los borradores de la renta antes de confirmar



Como hacemos todos los años, aconsejamos comprobar que los datos reflejados en tu borrador de la renta son correctos y que además, están todos los datos fiscales que conocemos, por lo tanto, no hay que fiarse del borrador y realizar nuestra propia declaración de la renta en función de los datos fiscales que nosotros conocemos y añadiéndoles los que la Agencia Tributaria pueda tener y que nosotros desconozcamos.

Entre los principales errores se encuentra el no incluir la deducción por vivienda habitual, el estado civil del contribuyente, las deducciones autonómicas a las que se tenga derecho o las distintas subvenciones recibidas de las Administraciones Públicas o haber sido objeto de un ERE, entre otras muchas y variadas causas.

Visítanos si tienes dudas.


martes, 29 de marzo de 2011

Renta 2010

Estamos ya preparándonos para elaborar nuestra declaración de la renta. El Ministerio de Hacienda ya ha publicado la Orden EHA/585/2011, de 8 de marzo, por la que se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2010, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación del mismo, se establecen los procedimientos de solicitud, remisión o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

irpf 2011



Desde el próximo 4 de abril, podremos solicitar el borrador para realizar nuestra declaración de la renta correspondiente al año 2010.

Esta solicitud de borradores, aunque no es obligatoria, en los últimos años se ha instalado como habitual solicitarla, ya que permite a los contribuyentes conocer los datos fiscales que la Agencia Tributaria tiene sobre los mismos, comparar los datos que la Agencia Tributaria desconoce y que aunque desconozca por falta de información proporcionada por las entidades que deben proporcionársela no deja de ser obligatoria su declaración, ya que sino se declaran se correrá el riesgo de ser sancionado por ocultación de información fiscal y por otro lado también nos permitirá saber los datos fiscales que conoce la Agencia Tributaria y de los que nosotros como contribuyentes no teníamos conocimientos que había que declararlos y de los que deberemos solicitar los oportunos justificantes para reflejarlos en nuestra declaración de la renta.

En el caso de que la Agencia Tributaria no pueda remitirnos el borrador de la renta, nos remitirá los datos fiscales de los que dispone y que también nos servirán de gran ayuda para la realización de la declaración de la renta.

Si tienes alguna duda, no dudes en preguntarnos.