martes, 29 de marzo de 2011

Renta 2010

Estamos ya preparándonos para elaborar nuestra declaración de la renta. El Ministerio de Hacienda ya ha publicado la Orden EHA/585/2011, de 8 de marzo, por la que se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2010, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación del mismo, se establecen los procedimientos de solicitud, remisión o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

irpf 2011



Desde el próximo 4 de abril, podremos solicitar el borrador para realizar nuestra declaración de la renta correspondiente al año 2010.

Esta solicitud de borradores, aunque no es obligatoria, en los últimos años se ha instalado como habitual solicitarla, ya que permite a los contribuyentes conocer los datos fiscales que la Agencia Tributaria tiene sobre los mismos, comparar los datos que la Agencia Tributaria desconoce y que aunque desconozca por falta de información proporcionada por las entidades que deben proporcionársela no deja de ser obligatoria su declaración, ya que sino se declaran se correrá el riesgo de ser sancionado por ocultación de información fiscal y por otro lado también nos permitirá saber los datos fiscales que conoce la Agencia Tributaria y de los que nosotros como contribuyentes no teníamos conocimientos que había que declararlos y de los que deberemos solicitar los oportunos justificantes para reflejarlos en nuestra declaración de la renta.

En el caso de que la Agencia Tributaria no pueda remitirnos el borrador de la renta, nos remitirá los datos fiscales de los que dispone y que también nos servirán de gran ayuda para la realización de la declaración de la renta.

Si tienes alguna duda, no dudes en preguntarnos.


lunes, 28 de marzo de 2011

Contra la crisis...



Con la llegada de la crisis, muchos confían en el marketing y en los lavados de cara, de imagen, en las mejoras de las instalaciones, gastos en publicidad, lanzamiento de panfletos, y todo elenco de toma de decisiones con el que se pretende mejorar y salir de la crisis.

Pues bien, en SCA Ortiz & Rozalén no hemos cambiado instalaciones, ni hacemos grandes gastos en publicidad, y ¿sabéis por qué?, porque el boca a boca ya nos hace publicidad, porque mejoramos en servicio a nuestros clientes, porque mejoramos en calidad y rapidez a la hora de resolver toda problemática propuesta.

¿Quieres comprobarlo?, visítanos, no tienes nada que perder.

martes, 22 de marzo de 2011

Este mes toca el modelo 347, de declaración de clientes y proveedores de más de 3.005 euros


Primero nos preguntamos qué es el modelo 347. Este modelo es una declaración informativa de carácter obligatorio que se presenta en el mes de marzo del ejercicio siguiente a aquel a que se refiere las operaciones que contiene. En este modelo se informa de las operaciones de cuantía superior a 3005,06 euros que hayan realizado los empresarios y profesionales con terceras personas en un ejercicio fiscal determinado.

En principio están obligados a la presentación del modelo las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales.

También, las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que, entre sus funciones, realicen la de cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros estarán obligadas a declarar.


Así que, si estás incluído en cualquiera de los colectivos mencionados, ya sabes lo que toca este mes y si tienes cualquier duda, pregúntanos.



lunes, 14 de marzo de 2011

El modelo 110 desaparece

La Agencia Tributaria está informando de los cambios que se van a producir en el lugar y forma de presentación de los modelos 111, 210, 211 y 213.

La novedad más importante es la supresión del modelo 110 y su unificación con el modelo 111 que seguirá presentándose trimestralmente, excepto para las grandes empresas cuya presentación seguirá siendo mensual. El modelo 111 para las sociedades que sean sociedad anónima o sociedad limitada seguirá presentándose obligatoriamente por internet.