A partir de enero de 2011 se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual, limitándola a las rentas inferiores a 24.107,20 euros (esta cantidad se corresponde con la suma de dos casillas en el modelo de autoliquidación de IRPF, las casillas 455 y 465), aproximadamente unos 28.000 euros brutos.
El porcentaje de deducción sigue siendo del 15% (7,5% estatal y 7,5% comunidades autónomas).
En resumen, a partir del 1 de enero de 2011 la deducción por cuenta vivienda queda regulada de la siguiente manera:
- Si en el ejercicio 2011 la base imponible del contribuyente es igual o superior a 24.107,20 euros, no podrá aplicar la deducción por las cantidades aportadas a cuenta vivienda.
- Cuando la base imponible sea inferior a los 17.707,20 euros, se mantiene la situación actual, lo que permite una deducción en cuota del 15 por 100 de las cantidades pagadas en un año, con un límite de 9.040 euros al año.
- Entre los 17.707,20 y los 24.107,20 euros de base imponible la base máxima de deducción será: 9.040 – [1,4125 x (Base Imponible – 17.707,20)].
- En el caso de que en un ejercicio la base imponible del contribuyente fuera igual o superior a 24.107,20 euros, no podrá aplicar la deducción por las cantidades aportadas a cuenta vivienda. No obstante, si en cualquiera de los ejercicios posteriores, siempre dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de la apertura de la cuenta vivienda, podría aplicar la deducción respecto de las nuevas aportaciones que efectúe en dicho ejercicio si la base imponible de dicho contribuyente fuera inferior a 24.107,20 euros.
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